Accesibilidad
Accesibilidad
ABANDO CONTROL DE PLAGAS se ha comprometido a hacer accesible su sitio web, de conformidad con el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público. En Abando control de plagas nos esforzamos por garantizar que todas las personas, independientemente de sus capacidades, tengan acceso a nuestro sitio web y a todos sus contenidos y funciones. Para lograr esto, hemos implementado una serie de medidas y estrategias que permiten a los usuarios acceder a nuestro sitio web de manera efectiva, independientemente de sus necesidades o limitaciones.
- Compromiso: Nuestro sitio web está comprometido a brindar accesibilidad y experiencias de usuario positivas a todas las personas.
- Estándares: Nuestro sitio web cumple con los estándares de accesibilidad web WCAG 2.1 nivel AA.
- Mejora continua: Continuaremos mejorando la accesibilidad de nuestro sitio web y trabajaremos para solucionar cualquier problema que pueda surgir.
- Retroalimentación: Aceptamos y apreciamos cualquier retroalimentación sobre la accesibilidad de nuestro sitio web y trabajaremos para resolver cualquier problema de accesibilidad de manera oportuna.
- Tecnologías de asistencia: Si necesita asistencia adicional para acceder a nuestro sitio web, comuníquese con nosotros y proporcionaremos la información en un formato accesible para usted.
- Entrenamiento: Proporcionaremos entrenamiento a nuestro personal para garantizar que comprendan y cumplan con esta política de accesibilidad.
La presente declaración de accesibilidad se aplica al sitio web https://abandocontroldeplagas.com
Situación de cumplimiento
Las partes que componen el contenido de este sitio web cumplen los estándares que se emplean hoy en día para desarrollar sitios web y se han aplicado los criterios de conformidad de nivel AA de las Pautas de Accesibilidad al Contenido Web 2.1 o Web Content Accessibility Guidelines (WCAG) 2.1 para garantizar la máxima accesibilidad.
Declaración de accesibilidad
La presente declaración fue preparada el 01 de diciembre de 2022. El método empleado para preparar la declaración ha sido una autoevaluación llevada a cabo por el propio organismo.
Criterios de accesibilidad implementados
Los criterios de accesibilidad ya implementados, entre otros, incluyen:
- Diseño web Responsive que se adapta a cualquier dispositivo.
- Capacidad de ampliar el contenido textual y no textual sin la necesidad de utilizar herramientas técnicas adicionales.
- Alternativas de texto para imágenes.
- Estructura y encabezados claros para organizar el contenido.
- Opción de modificar y personalizar el tamaño del texto.
- Estructura uniforme en todos los recursos relacionados.
Mecanismos de comunicación
Esta política está sujeta a cambios y actualizaciones periódicas. Puede realizar comunicaciones, presentar sugerencias y quejas, así como informar sobre cualquier posible incumplimiento de los requisitos de accesibilidad en nuestro sitio web y solicitar la información excluida. Puede comunicarse con nosotros a través del siguiente formulario de contacto o llamando al 944 30 24 83 con el fin de:
- Informar sobre cualquier posible incumplimiento por parte de este sitio web
- Transmitir otras dificultades de acceso al contenido
- Formular cualquier otra consulta o sugerencia de mejora relativa a la accesibilidad del sitio web
- Formular quejas relativas al cumplimiento de los requisitos de accesibilidad
- Solicitud de Información accesible relativa a:
- Contenidos que están exentos del cumplimiento de los requisitos de accesibilidad por imponer una carga desproporcionada
- Contenidos que están excluidos del ámbito de aplicación del RD 1112/2018 según lo establecido por el artículo 3, apartado 4
Procedimiento de comunicación y respuesta
Las solicitudes de información accesible y quejas serán presentadas y registradas conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de las solicitudes de información accesible, la persona interesada deberá concretar, con toda claridad, los hechos, razones y petición que permitan constatar que se trata de una solicitud razonable y legítima.
Recibidas las solicitudes de información accesible y quejas, serán respondidas en el plazo de veinte días hábiles. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la solicitud de información accesible o queja. Transcurrido dicho plazo sin que la persona interesada haya realizado las aclaraciones oportunas, se continuará con su tramitación.
La respuesta deberá incluir la siguiente información:
- La Unidad que emite la respuesta.
- La decisión que se ha adoptado.
- En su caso, la información accesible solicitada.
- En su caso, el plazo estimativo y la Unidad responsable de llevar a cabo las medidas para corregir un posible incumplimiento, si las mismas no se pueden adoptar de inmediato.
- La Unidad ante la cual se puede reclamar y el procedimiento por el cual se puede hacer la reclamación.
- Transcurrido el plazo máximo para resolver sin que se haya notificado la respuesta se entenderá que la solicitud de información accesible no ha sido aceptada o que la queja no ha sido considerada.
Procedimiento de reclamación
Si una vez realizada una solicitud de información accesible o queja, ésta hubiera sido desestimada, no se estuviera de acuerdo con la decisión adoptada, o la respuesta no cumpliera los requisitos contemplados en el artículo 12.5, la persona interesada podrá iniciar una reclamación para conocer y oponerse a los motivos de la desestimación, instar la adopción de las medidas oportunas en el caso de no estar de acuerdo con la decisión adoptada, o exponer las razones por las que se considera que la respuesta no cumple con los requisitos exigidos.
Igualmente se podrá iniciar una reclamación en el caso de que haya trascurrido el plazo de veinte días hábiles sin haber obtenido respuesta.
Dicha reclamación será presentada y registrada conforme a los requisitos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para iniciar una reclamación, dirijase a la Unidad responsable de accesibilidad de Abando control de plagas mediante el siguiente enlace: https://abandocontroldeplagas.com/reclamaciones/, donde encontrará el sistema de registro en el que realizar dicha reclamación.
Recibida la reclamación, la Unidad responsable la atenderá en el plazo máximo de dos meses. El transcurso de dicho plazo se podrá suspender en el caso de que deba requerirse a la persona interesada para que, en un plazo de diez días hábiles, formule las aclaraciones necesarias para la correcta tramitación de la reclamación. Transcurrido dicho plazo sin que la persona interesada haya realizado las aclaraciones oportunas, se continuará con la tramitación de la reclamación. Transcurrido el plazo máximo para resolver la reclamación sin que se haya notificado la resolución de la misma, se entenderá que la reclamación ha sido desestimada.
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